El Gobierno pone en marcha la reforma de la Ley Concursal
El Gobierno aprobó el 17 de diciembre el anteproyecto de Ley Concursal:
- Continuación del Real Decreto-Ley 3/2009 de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal.
- Se enviará a debate parlamentario en febrero
- Previsiblemente, no entre en vigor antes de junio de 2011.
Este anteproyecto se enmarca en una estrategia de:
- Economía: agilizar y facilitar soluciones de viabilidad a empresas.
- Justicia: descongestionar los juzgados mercantiles.
Se potencian las soluciones preconcursales, facilitando los acuerdos de refinanciación que salven la empresa en lugar de liquidarla.
- La administración concursal tendrá la exclusiva legitimación para impugnar acuerdos de refinanciación.
- Si los acreedores financieros llegan a un acuerdo, éste puede imponerse al resto siempre que:
- Tenga por objetivo asegurar la continuidad de la empresa.
- Los acreedores financieros que lo suscriban representen un 75% del pasivo.
- El juez entienda que no supone sacrificios excesivos a los acreedores minoritarios.
- El 50 por ciento del nuevo dinero inyectado tras el acuerdo será considerado crédito contra la masa (con prioridad de cobro).
Fomento de los procedimientos abreviados en determinados casos:
- El juez entienda que es de escasa complejidad.
- El deudor presente una propuesta previa de:
- Convenio.
- Transmisión de la empresa.
- Cese de la actividad sin trabajadores a su cargo.
Se profesionaliza la figura del administrador concursal:
- Podrán subsanar los errores del listado de acreedores, permitiendo mayor agilidad en los procedimientos.
- Podrán ser personas jurídicas.
Se complementa con medidas laborales a fin de disminuir el impacto del concurso sobre los trabajadores.
- El juez llevará el concurso y los ERE que se hubieran tramitado con anterioridad.